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Responsable del acceso a la información pública Abog. Gina Yakori Salazar Campos. |
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Responsable de la elaboración del portal institucional Ing. Alfredo Johan Vasquez Perez. |
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1. Promover una profunda democratización de la vida social, política y económica de la provincia, así como el desarrollo comunitario y solidario. |
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De conformidad al Capítulo XIV De la Descentralización de la Constitución Política del Perú (reformado por la Ley N° 7680); Art. 40° de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización N° 27783 y la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, el Gobierno Provincial de Chiclayo es un órgano de Gobierno Local de la provincia del mismo nombre. Tiene personería de Derecho Público, con las atribuciones, competencias y funciones que la ley le confiere; le son aplicables, las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades del Sector Público Nacional. Sus Órganos de Gobierno son la Alcaldía y el Concejo Municipal, conformados por el Alcalde y quince Regidores (15) elegidos por la voluntad popular, conforme a la Ley de Elecciones Municipales. |
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El Gobierno Provincial de Chiclayo, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos y promueve una planificación participativa y concertada para el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción entre la sociedad civil. |
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El Gobierno Provincial de Chiclayo, promueve el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 195º de la Constitución Política del Estado. Sus competencias son las siguientes: 2. Aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil. 3. Administrar sus bienes y rentas. 4. Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley. 5. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad. 6. Planificar el desarrollo urbano y rural de su circunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. 7. Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura local. 8. Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley. 9. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. 10.Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley. |
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
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